Historia

En Mayo de 1769, con motivo de la reorganización de los términos municipales, se aplica en Gran Canaria La Real Cédula de creación de Juntas Municipales. El término de Agüimes no sufrió mayores alteraciones y, al sur del mismo, se constituyó el de Tirajana, con cabecera en San Bartolomé.


Aunque en forma tan imprecisa que los antiguos pleitos de linderos continuaron produciéndose, Agüimes debió quedar entonces reducido a los términos del Feudo de la Mitra (el Barranco de Balos por el sur); de hecho, en 1776, 19 vecinos de Agüimes se ven en dificultades para impedir los destrozos de los ganados en Sardina, Pozo Izquierdo, el Polvo y Majada Ciega, por depender estos lugares de Tirajana y ser problemática, por la lejanía, la intervención de su alcalde: "...la Vega de Sardina, Pozo Izquierdo, Polvo y Majada Ciega, que todo es jurisdicción de Tirajana, pues como su respectivo Alcalde se halla tan distante de ellos le es incompatible subvenir diariamente".


Santa Lucía seguía sin existir como entidad independiente cuando, en octubre de 1808, se constituye el Cabildo General Permanente, con representación de todos los pueblos de Gran Canaria, sólo se cuenta entre sus miembros un diputado por todo el término de Tirajana (San Bartolomé).

Posteriormente, la labor legislativa de las Cortes de Cádiz posibilitó la creación del nuevo Término Municipal, al decretar la obligación de construir Ayuntamientos en los pueblos de más de 1.000 habitantes y la posibilidad de hacerlo en los de menos; los municipios se constituyeron a menudo sobre los mismos límites de las jurisdicciones parroquiales, y basándose en las juntas creadas en 1768.

Romero y Ceballos da fe de que, ya a fines de 1813, y en virtud de la Constitución, los pueblos de la isla habían quedado independientes, si bien no cabe incluir a Santa Lucía, ya que su término no tenía personalidad propia con anterioridad a esa fecha.

Por todo ello, podemos establecer que la creación del término municipal debió realizarse en 1815, coincidiendo con la de otros municipios isleños (Ingenio, 1815-16). Para conformarlo, se segregaron territorios de San Bartolomé de Tirajana, en el interior, mientras que, en la costa, se le adjudicaron las tierras que, habiendo sido administradas antiguamente por Agüimes, no pertenecían a la Mitra, por encontrarse al sur del Barranco de Balos (todavía en los años inmediatamente anteriores a la división municipal, los de Agüimes alegan la pertenencia a su jurisdicción no sólo de las tierras de Sardina, sino incluso de las de Aldea Blanca, aunque también hay residentes en Sardina que alegan su pertenencia a la Jurisdicción de Tirajana; en ambos casos, parece que el escribano se limita a recoger las manifestaciones de los diversos vecinos). La fecha exacta de la constitución no debe ser ni anterior a la creación de la parroquia (septiembre de 1814), ni posterior a enero de 1816, cuando ya diversas escrituras hacen referencia a. varios lugares del término como pertenecientes a la Jurisdicción de Santa Lucía.


Finalmente, en 1819, ya existe mención documental de la existencia de un alcalde en este Ayuntamiento: el vecino de Agüimes José de León concede poder para reclamar al Alcalde Real del lugar de Santa Lucía de Tirajana por haber ordenado derribar unas cercas.