OMIC
¿Que es la OMIC?
La Oficina Municipal de Información al Consumidor se configura como un servicio gratuito de información y orientación para los consumidores y usuarios, así como de mediación en los conflictos que puedan surgir entre consumidores y empresarios en materia de consumo, para propiciar una solución amistosa.
Servicios o Funciones
Conforme a lo establecido en la Ley 3/2003, de 12 de febrero, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de Canarias, las funciones a desarrollar por la OMIC son:
- Informar, Ayudar, Orientar y Asesorar sobre derechos y obligaciones de los Consumidores y Usuarios, en aquellas cuestiones o problemas que tengan en la compra de bienes o en la prestación de servicios.
- Recibir, Mediar y Tramitar las reclamaciones y denuncias en materia de consumo y traslado de las mismas, en su caso, al órgano administrativo competente para su resolución.
- Propiciar sistemas de resolución voluntaria de las reclamaciones.
- Educación y formación individual y colectiva de los Consumidores y Usuarios.
- En general, la atención, defensa y protección de los Consumidores y Usuarios, de acuerdo con lo establecido en la Ley y disposiciones que la desarrollen.
- Fomentar y Divulgar el Sistema Arbitral de Consumo
Además, el personal que forma parte de la OMIC tiene otros cometidos en la prestación del Servicio, como:
- Colaborar con otras entidades públicas y privadas, también dedicadas a la protección de los consumidores.
- Elaborar el formulario de la solicitud de arbitraje de aquellas reclamaciones en las que una vez mediadas, no se haya alcanzado acuerdo con la empresa reclamada y remitirla a la Junta Arbitral de Consumo.
- Ayudar a los Consumidores y Usuarios en la redacción de escritos de reclamación que se han de dirigir y/o trasladar a otras AA. PP. Competentes en la materia reclamada, para los casos en los que no se haya obtenido una solución amistosa en la mediación. ( por ejemplo: Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, Dirección General de Seguros, Banco de España, Agencia de Protección de datos, Dirección General de Industria, etc) y remitirlas al órgano competente para resolver.
- Elaborar materiales divulgativos y contenidos para su publicación en el espacio dedicado a consumo de la página web corporativa del Ayuntamiento de Santa Lucía.
- Disponer de documentación técnica y jurídica sobre temas de consumo.
¿Quién puede utilizar este Servicio?
Todos los consumidores y usuarios; esto es, las personas físicas o jurídicas que compren o utilicen como destinatarios finales, bienes, productos, servicios o cualquiera que sea la naturaleza pública o privada, individual o colectiva de quienes los producen, facilitan, suministran o expiden.
No tienen la consideración de consumidores finales quienes, sin constituirse en destinatarios finales, compren, almacenen, utilicen o consuman bienes o servicios con el fin de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación a terceros.
RECLAMACIONES QUE NO SE TRAMITAN EN ESTA OMIC
- En el caso de reclamaciones de personas que no sean residentes en el Municipio de Santa Lucía, se derivaran directamente al Municipio de procedencia del reclamante, o, a la Dirección General de Consumo del Gobierno de Canarias, en el caso de no existir OMIC en su Municipio.
- Las reclamaciones cuyo Reclamante se identifique como EMPRESA, deberá acudir a la Cámara de Comercio de Las Palmas.
La OMIC no puede intervenir:
- En las relaciones contractuales entre particulares.
- En litigios que se hayan iniciado en vía judicial o sobre los que haya recaído sentencia judicial.
- En las reclamaciones dirigidas contra una Administración Pública.
- En reclamaciones por presuntos daños a la salud de las personas.
¿Cómo reclamar?
Si desea presentar una reclamación o denuncia es preciso solicitar cita previa para ser atendido por la Oficina de Atención Ciudadana.
La cita previa puede solicitarse, vía telefónica, llamando a los teléfonos 928 72 72 00, 900 70 50 10 o 010 (este último si llama desde dentro del municipio); o desde nuestra página web, en la pestaña "Cita Previa" y seleccionando O.A.C.
El consumidor deberá formular la reclamación cumplimentando el formulario específico de la OMIC DE SANTA LUCÍA de forma detallada, que deberá firmar el Reclamante o denunciante y que incluirá como mínimo:
- Datos personales, que incluyan nombre, apellidos, dirección, teléfono, mail y fax del consumidor, entre otros.
- Datos de la empresa o establecimiento objeto de la reclamación, entre los que se deben indicar el nombre comercial, la razón social, el domicilio y el teléfono.
- Indicar siempre de forma concreta y clara, el motivo de la reclamación y qué es lo que solicita.
- En los casos de que la empresa reclamada disponga de un establecimiento abierto al público, deberá solicitar las Hojas de Reclamaciones de Consumo del Gobierno de Canarias, y aportar junto con el formulario específico, la Hoja Blanca y la Verde, que habrá retirado previamente del establecimiento.
Además, deberá aportar fotocopia legible de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI del Reclamante o denunciante.
- Fotocopia del DNI, y en su caso, de la persona que le represente en los trámites.
- Documentación relativa al caso. Se deben aportar fotocopia de tiques, facturas, presupuestos, recibos, documentos contractuales, escritos o e-mails que haya intercambiado con la empresa reclamada e incluso información publicitaria.
- Tampoco será necesario pedir cita previa en el caso de que ya exista un expediente en tramitación, en cuyo caso, para cualquier información al respecto deberá dirigirse directamente a la OMIC
Presentar el formulario cumplimentado y la documentación correspondiente en la OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA (OAC) del Ayuntamiento de Santa Lucía.
Contacto:
OMIC de Santa Lucia
Avda de las Tirajanas 151
Edificio Anexo Oficinas Municipales
35110 Santa Lucia
Tlf: 928 727 215
omicvecindario@santaluciagc.com
Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00 h.
*Nota: En el mes de Agosto, Semana Santa y Navidad, el horario será de Lunes a Viernes de 9.00 a 14.00 h.