Las ayudas económicas por el covid 19 se pueden solicitar a Servicios Sociales en el teléfono gratuito 900 705 010

Las  ayudas económicas  por el covid 19  se pueden solicitar a Servicios Sociales  en el teléfono gratuito 900 705 010

Desde que se aprobó la declaración del estado de alarma para frenar la propagación del covid 19 el Ayuntamiento de Santa Lucía ha reforzado el área de Servicios Sociales para atender a las personas que tengan problemas económicos. El Ayuntamiento  ha habilitado el teléfono gratuito 900 705 010 para atender a quienes deseen solicitar las ayudas del área de Servicios Sociales. Una vez que la persona ha sido informada de las prestaciones que puede recibir, se le dará el número de whatsapp y correo electrónico para que pueda remitir la documentación.


Desde el pasado 27 de marzo se aprobó un decreto de Alcaldía para simplificar los trámites que deben realizarse para poder acceder a la Ayuda Económica Genérica y a otras prestaciones sociales. Se ha ampliado el horario de atención telefónica de 9 a 14 horas de lunes a viernes.

El alcalde de Santa Lucía Santiago Rodríguez destaca que “desde el estado de alarma nuestra actuación ha tenido dos prioridades claras, el control de la propagación del covid 19 con una campaña de limpieza y desinfección que no se había hecho en la historia del municipio, con 185.000 litros diarios de desinfectante y una coordinación con los centros de salud del municipio, y la otra prioridad ha sido el trabajo de los Servicios Sociales, para atender a la población más vulnerable, los grupos de riesgo, y a quienes tengan problemas económicos”.  Rodríguez añade que “hemos reforzado el personal de servicios sociales para que se tramiten las ayudas con la máxima diligencia y además con el teléfono gratuito y con más personas en la atención telefónica estamos intentando responder con la máxima celeridad a las familias que más lo necesitan”.

 La documentación mínima requerida que deben presentar todos los miembros de la unidad de convivencia está formada por : Documento Nacional de Identidad o N.I.E., fotocopia libro de familia o certificado de nacimiento, justificante de los ingresos económicos del año en curso de los miembros de la unidad de convivencia, o certificado negativo de ingresos o percepciones del Servicio Público de Empleo Estatal y del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

En el caso de pensionistas deben presentar documento acreditativo de la pensión que reciben. Los trabajadores por cuenta ajena las dos últimas nóminas y contrato de trabajo, o documentación del Expediente de Regulación de Empleo, los trabajadores autónomos el modelo 130 (última declaración trimestral del IRPF) y declaración de responsabilidad de los ingresos mensuales que recibe. En el caso de los desempleados la Tarjeta de Demanda de  Empleo en vigor, certificado de prestaciones del S.E.P.E. o del I.N.S.S.

En los casos en los que no se pueda disponer de esta documentación debe hacerse una declaración responsable de los medios de vida. Los gastos se pueden justificar con extracto de cuenta bancaria  y recibos de agua, luz, hipoteca o alquiler.

Gabinete de Comunicación. Ayuntamiento de Santa Lucía.